El certificado de eficiencia energética no es un trámite para el final de la operación. Si vas a vender o alquilar una vivienda, debe estar registrado antes de comercializarla y su calificación debe aparecer en la publicidad.

Cuándo es obligatorio

El Real Decreto 390/2021 incluye los edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario. El propietario es responsable de encargar el certificado y conservar la documentación. Si ya existe uno en vigor, no es necesario obtener otro salvo que corresponda renovarlo o actualizarlo.

Debe obtenerse antes de publicar

La calificación energética debe figurar en ofertas, anuncios, páginas web y portales inmobiliarios. En la Comunitat Valenciana, el certificado de una vivienda existente debe registrarse antes de la venta o el alquiler. Por eso no conviene esperar a las arras, la escritura o la firma del contrato.

Quién puede emitirlo y cómo se registra

Lo realiza un técnico competente, que visita el inmueble, toma datos de envolvente e instalaciones y emite el certificado. Después debe inscribirse telemáticamente en el Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de la Generalitat Valenciana. El propietario puede delegar el trámite en el técnico.

Qué se entrega al comprador o al inquilino

En una compraventa se anexa al contrato una copia del certificado debidamente registrado y la etiqueta. En un alquiler se anexa una copia de la etiqueta y se entrega al inquilino el documento de recomendaciones de uso.

Cuánto dura

Con carácter general tiene una validez máxima de diez años. Cuando la calificación sea G, la validez máxima es de cinco años. El propietario puede actualizarlo antes si realiza obras que cambian la eficiencia del inmueble.

Errores frecuentes

Publicar sin calificación, confundir el informe del técnico con el certificado ya registrado, usar la etiqueta de otra vivienda del edificio o descubrir en notaría que el documento está caducado son retrasos evitables. Solicítalo al preparar las fotografías y la documentación de venta o alquiler.

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Fuentes oficiales

Contenido informativo actualizado el 18 de septiembre de 2026. No constituye asesoramiento jurídico o fiscal individualizado.

Preguntas frecuentes

¿Puedo anunciar una vivienda sin certificado energético?

La publicidad de venta o alquiler debe incluir la información de la calificación energética, por lo que debe tramitarse antes de comercializar.

¿Cuánto dura el certificado?

Como regla general, diez años; si la calificación es G, cinco años.

¿Sirve el certificado sin registrarlo?

En la Comunitat Valenciana debe registrarse previamente a la venta o al alquiler.